¿CÓMO ORGANIZAR LOS DIFERENTES SISTEMAS DE GESTIÓN QUE PIDE LA LEY PARA LA EMPRESA?
La gestión integral es la respuesta, permitiendo administrar actividades relacionadas. Los Sistemas de Gestión tienen elementos en común, que pueden compartirse. Administrar con enfoque integral incluye múltiples ventajas: elimina actividades duplicadas, reduce el personal involucrado, reduce documentación, disminuye cuellos de botella entre sistemas, y permite capacitaciones eficientes.¿Cuáles son los Sistemas de Gestión obligatorios para empresas en Colombia?
Actualmente, la norma exige que existan mínimo 4 Sistemas:- SGSST: Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
- HABEAS DATA: Protección de Datos Personales
- Sistema de Gestión del Riesgo: Manejo de Emergencias
- Sistema de Gestión Ambiental - Sub Proceso de Manejo de Residuos
En MASTERUNION administramos sus Sistemas Complementarios, para que se enfoque en su negocio. Manejamos Tablero de control y cronogramas integrados
1. SGSST: Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
Ente regulador: Ministerio de Trabajo.
Norma Principal: Decreto único Reglamentario del Sector Trabajo - Decreto 1072 de 2015.
Libro 2. Régimen Reglamentario del Sector Trabajo
Parte 2. Reglamentaciones
Titulo 4. Riesgos Laborales
Capítulo 6 Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
Aplicación técnica de la norma: Decreto 0312/2019 Estándares Mínimos de SGSST
A partir de diciembre del 2019, SG-SST Seguridad y Salud se convierte en requisito para ser contratista (Decreto 0312/2019)
2. HABEAS DATA: Protección de Datos Personales
Ente regulador: Super Intendencia de Industria y Comercio - SIC
Normas:
Ley estatutaria 1581 del 2012, Habeas Data
Ley 1266 de 2008
Decreto 2952 de 2010
3. Sistema de Gestión del Riesgo: Manejo de Emergencias
Gestiona las actividades para reducir la vulnerabilidad ante desastres y cambio climático. En Colombia Existe la UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES, que coordina este tema a nivel nacional, y en cada Alcaldía se regula de manera local, integrando así la Red Nacional.
Ente regulador: Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.
A nivel local, depende de cada Alcaldía.
En caso de Bogotá, es regulado por el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – IDIGER
Normas:
Ley 1523 de 2012: Gestión del Riesgo de Desastres y Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
Bogotá : Acuerdo 546 de 2013 del Distrito Capital - Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático (SDGR-CC)
4- Sistema de Gestión Ambiental - Sub Proceso de Manejo de Residuos
Ente regulador: Ministerio del Medio Ambiente.
A nivel local, depende de cada Alcaldía, en Bogotá es la Secretaría Distrital del Medio Ambiente .
Normas:
Decreto 1713 de 2002: Ubicación de los residuos sólidos.
Ley 1259 de 2008: Aplicación del comparendo ambiental
Código Nacional de Policía y Convivencia CNPC (Ley 1801 de 2016) ,Título XI - Salud Pública, Capítulo II - Limpieza y Recolección de Residuos y de Escombros
Decreto 1077 de 2015, Artículo 2.3.2.1.1.2: Figura de Multiusuarios del servicio público
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